• (+34) 986 245 238

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Necesito un seguro de negocios?

Propietario del local, aunque no lo ocupes. Si dispones de un local de negocio en alquiler, debes asegurar tanto el Continente por el valor de reconstrucción y la Responsabilidad Civil por los daños a terceros, incluido el propio inquilino por los daños que se generen del propio inmueble y sus instalaciones.

¿Por qué contratar un seguro con un corredor en segurodenegocio.es?

La ventaja de contratar los seguros a través de un corredor estriba en que al tratarse de un profesional independiente, está capacitado para asesorar de forma objetiva a los clientes en cuanto a sus necesidades de aseguramiento, realizando una oferta más amplia y prestando su ayuda para la resolución de dudas y la tramitación de siniestros.

¿Cuanto me puedo ahorrar al contratar mi seguro en segurodenegocio.es?

Nuestro alto nivel de contratación nos permite llegar a acuerdos con compañías, que permiten ahorrar a nuestros clientes hasta un 60% mejorando las coberturas y en una compañía de primer nivel com Mapfre,Allianz,Axa, Plus Ultra, Generali,etc

¿Cómo se debe asegurar el Continente (estructura) en un seguro de negocio / oficina?

Si eres el propietario del local:

  • Vinculado a Hipoteca o a Leasing: valor de tasación a efectos de seguro.
  • No Vinculado a Hipoteca o a Leasing: valor de reconstrucción. Mínimo recomendable 700 euros/m².

Si eres Inquilino:

  • Con obras de reforma: valor de la obra realizada en el local para adaptarlo a la actividad asegurada. Es conveniente asegurar un valor a primer riesgo (cantidad fija que evita que la compañía nos aplique infraseguro por asegurar por debajo del valor de la reforma).

¿Cómo se debe asegurar el Contenido en un Seguro Multirriesgo de Negocio / Oficina?

Debe cuantificarse el capital a asegurar teniendo en cuenta todo el mobiliario, maquinaria, ordenadores y equipos electrónicos así como existencias, tanto de material de consumo propio como de productos a la venta. Su determinación debe ser calculada con precisión ya que en el Seguro Multirriesgo de Negocio / oficina se aplica la regla proporcional en caso de que exista infraseguro (capital asegurado inferior al que corresponde por el total de los bienes existentes).

¿Cómo debe ser la protección del local frente al robo?

Para poder garantizar la cobertura de robo es indispensable facilitar una información precisa sobre las medidas de protección, para que en función de ellas la Compañía acepte el riesgo y determine el precio correspondiente. Generalmente las medidas de seguridad solicitadas por las Compañías Aseguradoras son:

  • Actividad comercial en piso/Local situado en altura: (oficinas, consultas,etc): Puerta blindada y si tiene alarma con o sin conexión a central de alarmas, la prima se verá rebajada.
  • Local a pie de calle: Cierres metálicos o rejas en todos los huecos o en todo caso cristales blindados de doble o triple capa. Si además el local cuenta con otras medidas de seguridad como por ejemplo alarma con o sin conexión, la prima se verá rebajada, en función del tipo de riesgo que se trate.

¿Deben actualizarse los capitales asegurados de Contenido y Continente?

El seguro otorga una actualización automática de las sumas aseguradas en base al porcentaje que establece el Índice de Precios al Consumo. No obstante, si se produce un aumento importante se deberá comunicar de inmediato a la compañía.

¿Para asegurar mi Negocio / Oficina vendrá un perito de la compañía?

La mayoría de las compañías de seguros no envían peritos para valorar este tipo de bienes por el coste que supone. Te recomendamos que dependiendo del interés que tengas y del carácter de los mismos, realices la valoración por tu cuenta. En cualquier caso siempre es recomendable guardar facturas, certificados de autenticidad, etc que en caso de siniestro puedan demostrar el valor de estos bienes.

¿ Debo asegurar el Continente en un seguro de Negocio / Oficina si el local es en alquiler?

Como norma general, un seguro de Negocio se contrata para cubrir las pérdidas que se pueden producir como consecuencia de un siniestro ocurrido en aquellos bienes sobre los que tengas un interés asegurable. Al ser en este caso el Continente propiedad de otra persona, en principio, no debe ser de tu interés el que el mismo quede asegurado, no obstante, ello no impide en ningún caso que si quieres puedes asegurarlo.

¿Qué ocurre si en caso de siniestro el capital asegurado no es correcto?

En caso de que hayas asegurado tus bienes por un valor superior al que les corresponde (sobreseguro), la compañía te indemnizará el daño que realmente ha sufrido, es decir, no te pagarán más por tener más capital asegurado. Si hubieses asegurado tus bienes por un valor inferior al que les corresponde (infraseguro), la compañía, en caso de siniestro parcial, te podrá aplicar la regla proporcional, es decir, si tus bienes estuviesen asegurados al 65% de su valor real, la indemnización que percibirás será igualmente el 65% de la que te correspondería si los hubieses asegurado al 100%.

Tengo un comercio de venta de electrodomésticos, y tengo dos empleados propios que transportan e instalan en domicilios de nuestros clientes los productos. ¿Cómo puedo asegurar los posibles daños que causen a mis clientes?

Las pólizas de Negocio que contratamos permiten asegurar la Responsabilidad civil de instaladores o montadores propios de los productos comercializados por la actividad declarada en póliza fuera del local de negocio asegurado mediante la contratación de la Garantía de Responsabilidad Civil de Productos, trabajos fuera del local y post-trabajos.

Tengo un local situado en el casco antiguo de mi ciudad para dedicarlo a Tienda de ropa el cual por su año de construcción tiene en su estructura las vigas y el techo de madera. ¿Puedo tener algún problema por este motivo con el seguro?

Si el local asegurado no esta íntegramente construido en madera y son solo algunas partes, como vigas o techos, y que por tal motivo el porcentaje de estos materiales sobre el resto sea ligeramente mayor al 20% en segurodenegocio.com te lo aseguramos en indicando que parte de la estructura es de madera.

En mi negocio tengo mercancías que no son de mi propiedad aunque estén en mi local para su venta. ¿Tendrían cobertura?

Las pólizas de Negocio que contratamos te cubre las mercancías de terceros situadas en el interior del local asegurado siempre y que estas guarden relación con la actividad asegurada, y su valor este incluido dentro del capital de Mercancías aseguradas y es suficiente para no incurrir en infraseguro en caso de siniestro que afecte a las mismas.

¿Qué responsabilidades se pueden llegar a cubrir mediante la garantía de Responsabilidad Civil en función del riesgo asegurado?

La responsabilidad civil derivada de la explotación del Negocio frente a terceros, la de los productos o servicios que preste tanto dentro como fuera de las instalaciones, la inmobiliaria, la derivada de accidentes de trabajo frente a tus empleados y las reclamaciones que se efectúen contra al Asegurado.

¿Qué diferencia existe entre el robo, el atraco y el hurto?

La diferencia entre estos tres conceptos esta marcada por la violencia con que se cometa el acto en si. Se considera robo cuando media fuerza en las cosas, se considera atraco cuando media fuerza en las cosas y/o violencia o intimidación en las personas, y se considera hurto, cuando el apoderamiento de los bienes se produzca sin que medie fuerza en las cosas ni violencia o intimidación en las personas.

¿Me queda asegurada la terraza en la póliza de Negocio?

Toda terraza propia de la actividad, que disponga de la preceptiva autorización municipal, queda garantizada frente a las reclamaciones derivadas de la garantía de Responsabilidad Civil.
En el supuesto que tu terraza sea un espacio cerrado de forma con estructura, cubierta y cerramiento de aluminio, hierro y/o cristal podrás optar por la contratación de la garantía complementaria pertinente donde quedaran cubiertas todas las garantías contratadas a excepción de la de Robo, que queda excluida.
.

¿Queda cubierta la rotura del rótulo del Negocio / Oficina?

Sí, cualquier rotura que pueda sufrir el rótulo desconociendo las causas, queda garantizada en nuestras pólizas, cuando se contrata la garantía de rotura de lunas, mármoles y similares.

¿Que me cubre la garantía de daños eléctricos?

Te cubre las sobretensiones o cortocircuitos eléctricos sobre los equipos y maquinaria: equipos electrónicos, cajas registradoras, cámaras frigoríficas, etc.

Si como consecuencia de una intoxicación derivada del suministro de alimentos en el Negocio de un Cliente, nos reclaman daños y perjuicios, ¿qué ocurre?

Los clientes del negocio que han sufrido daños, como consecuencia de la intoxicación, tienen la consideración de terceros al no tratarse de empleados ni de propietarios del establecimiento asegurado, y quedarían cubiertos por la cobertura de Responsabilidad Civil hasta la suma asegurada establecida en la póliza.

¿Qué pasos debo seguir en caso de accidente?

Comunícanos lo antes posible la existencia del mismo a la compañía o a nosotros, sin destruir los bienes dañados para que estos sean valorados por los peritos de la compañía. El plazo que recomiendan las pólizas es de 7 días máximo.

¿Qué hacer si no estoy conforme con la peritación efectuada tras un siniestro?

Si no estas de acuerdo con la peritación puedes contratar a otro perito (a tu cargo) para que realice otra peritación independiente de la anterior, si se produce un acuerdo se procederá al pago de la indemnización, si no, se nombrará a otro perito cuyo informe ya será resolutivo.

¿Qué ocurre con las pérdidas que sufre un Cliente con motivo del cierre temporal de su negocio después de sufrir un siniestro?

Si como consecuencia de cualquiera de los riesgos cubiertos en la póliza y los riesgos amparados por el Consorcio de Compensación de Seguros (Riesgos extraordinarios) se produce el cierre del negocio, con la cobertura de pérdida de beneficios encontrará una indemnización diaria, en los términos pactados, por cada día laborable que el Negocio este cerrado.

¿Me puede anular la compañía un seguro después de un siniestro? ¿Qué debemos hacer en ese caso?

Es práctica común por parte de las compañías de seguros incluir en las Condiciones Generales de las pólizas, la cláusula de resolución del contrato tras la comunicación de un siniestro, que en líneas generales permite tanto al asegurado como a la compañía de seguros anular el seguro en los plazos indicados en la misma. Generalmente si la anulación es por parte de la compañía ésta devolverá la parte de prima no consumida del periodo en curso.

¿Cuánto tiempo puede tardar la compañía en indemnizarme un siniestro?

El asegurador está obligado a satisfacer la indemnización de forma inmediata, y en cualquier caso deberá efectuarla, dentro de los 40 días a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo de lo que el asegurador deba responder. Si en el plazo de 3 meses desde la ocurrencia del siniestro el asegurador, salvo causa justificada, no hubiera cumplido su prestación incurrirá en mora, devengándose los intereses correspondientes.

¿Qué pasa si no pago una prima?

Si no se paga la prima inicial el asegurador tiene derecho a resolver el contrato o a exigir el pago de la prima en vía judicial ejecutiva. Además en caso de ocurrencia de siniestro el asegurador quedará liberado de su obligación de indemnizar. Por otra parte, en caso de falta de pago de cualquiera de las primas sucesivas, el riesgo quedará cubierto durante un mes después del vencimiento de la misma (periodo de gracia). Si el asegurador no reclama la prima en los 6 meses siguientes a dicho vencimiento, el contrato queda extinguido.

La compañía de seguros ha modificado la prima unilateralmente. ¿Tengo que aceptar esta modificación?

La compañía de seguros tiene que comunicar al tomador de la póliza, con al menos 2 meses de antelación al vencimiento anual de la misma, cualquier variación que quiera efectuar en el contrato, otorgando así la posibilidad de que el cliente pueda, en caso de no aceptarla, anular la póliza..

¿Se puede pagar el seguro de forma fraccionada?

El pago del coste del seguro se podrá hacer de forma anual o fraccionada en semestral y trimestral con un mínimo incremento del precio.

¿Como solicito la baja de mi compañía actual?

Con una carta firmada por el tomador y copia del DNI dos meses antes del vencimiento.

¿Puedo cambiarme de compañía de seguros cuando yo quiera?

La ley fija un plazo de 2 meses con antelación al vencimiento anual de la póliza, para que cualquiera de las 2 partes contratantes de la misma se oponga a su renovación. De todas las maneras el tomador de la póliza puede anular la misma en el momento que él quiera, aunque la compañía de seguros no está obligada a devolver la parte de prima no consumida hasta su vencimiento anual.